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Foto: La Primera.

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) solicitó a empresas mineras que habían cometido infracciones ambientales el pago de sus medidas cautelares judiciales, que corresponde a una contracautela de naturaleza real o personal (carta fianza). De no realizarlo, anunció el reinicio de ejecuciones coactivas.

Esta solicitud del OEFA se hizo amparándose en las leyes 29325, 30011 y 30321, que establecen un régimen especial para el cobro de las multas impuestas por esta institución.

Sin embargo el 2 de julio de este año, el Juez del Quinto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, Hugo Leer más